jueves, 11 de octubre de 2018

La Constitución de 1824



Si bien durante el siglo XIX la división territorial fue cambiando, y se crearon otros estados, cabe señalar que tanto la definición de República, como el establecimiento del sistema federal y la división en tres poderes son algunos de los elementos del gobierno que se instauraron desde el momento de la conformación de México y que continúan vigentes. También la existencia de las cámaras de diputados y de senadores fue reconocida entonces. En la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos promulgada en 1824 se estableció formalmente la República representativa popular y federal y se dividió el poder supremo de la federación en Legislativo, Ejecutivo y Judicial 



Por supuesto, no todo lo que se consignó en la Constitución de 1824 tuvo tan larga vigencia, por ejemplo, uno de sus primeros artículos estipulaba que la nación mexicana sería perpetuamente fiel a la religión católica. Algo parecido había hecho antes, en 1813, José María Morelos y Pavón: en su obra Sentimientos de la Nación proclamó a la católica como la única religión de la América libre. Posteriormente, en la Constitución de Apatzingán, emitida por el Congreso Constituyente de Chilpancingo, en 1814, se declaró a la religión católica como la oficial del Estado. Sin embargo, la existencia de otras religiones fue factor fundamental para que en 1860 Benito Juárez emitiera un decreto sobre libertad de cultos en el que las reconocía y señalaba que la obligación del Estado era protegerlas, igual que a la católica, al tiempo que se afirmaba la separación entre el Estado y la Iglesia. También durante el gobierno de Maximiliano, en 1865, se emitió un decreto en el cual se reconocía al credo católico como culto del Estado, pero al mismo tiempo se declaraba la amplia y franca tolerancia de cultos en el territorio del imperio.

La celebración de las elecciones para designar representantes, ya fueran diputados o senadores, así como presidente, gobernadores, alcaldes y hasta magistrados, fue una práctica común durante todo el siglo. En la Constitución de 1824 quedó asentado que el nombramiento de esos cargos se haría mediante elección indirecta. Entonces no se votaba como ahora. Si bien había votaciones directas e indirectas en segundo grado, el sistema dominante era el indirecto en primer grado, lo que significaba que los ciudadanos votaban en elecciones primarias para elegir a sus electores, quienes se reunían en colegios electorales en los que se efectuaban los comicios secundarios y era ahí donde se votaba a quienes ocuparían los diferentes cargos públicos.

En las elecciones primarias sufragaban (votaban) quienes se consideraban ciudadanos; esta calidad se definía en las diversas leyes electorales, que fueron cambiando o modificándose en los años en cada estado. Así, en la primera mitad del siglo XIX los ciudadanos eran los individuos que vivían en determinado lugar. También se les exigía un mínimo de edad, saber leer y escribir, y tener alguna renta (propiedad).

Sin embargo, en la Constitución de 1857 se estableció que ciudadanos eran los nacidos en territorio nacional que tuvieran 18 años (si estaban casados) o 21 (si eran solteros), y se exigía solamente que vivieran de modo honesto. Esto es, la ciudadanía se hizo más inclusiva, aunque si siguió excluyendo a las mujeres, a quienes sólo se les reconoció la calidad de ciudadanas hasta mediados del siglo XX.

Fuente bibliográfica:
Alejandra Maldonado Rios, Estela Roselló Soberón. Historia 2 Secundaria. SM Ediciones. México, 2015. Pp.120-121.

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